F.A.Q.

Concesión

¿A qué se le denomina “servicio estándar”?

El “servicio estándar” se refiere al servicio portuario que el concesionario, desde la toma de posesión y durante el período de vigencia de la concesión, deberá prestar obligatoriamente a todo usuario que lo solicite.

Este servicio comprende todas las actividades operativas y administrativas necesarias para atender a la nave o a la carga, así como para llevar a cabo el embarque o la descarga.